A partir del 1 de enero de 2020 se restringe permanentemente la circulación dentro de la zona de bajas emisiones (ZBE) de todos los vehículos a los que no corresponde ningún distintivo ambiental de la Dirección General de Tráfico (DGT). Por tanto, en el ámbito de la ZBE Rondes de Barcelona (que incluye Barcelona, l’Hospitalet de Llobregat, Sant Adrià del Besòs y parte de Esplugues de Llobregat y Cornellà de Llobregat), no podrán circular los vehículos más contaminantes los días laborables, de lunes a viernes, de 7.00 a 20.00h.
Quedan excluidos de esta ordenanza:
Los requisitos de los vehículos para la obtención de las etiquetas ambientales son:
En la página web de la DGT se puede realizar la consulta del tipo de etiqueta ambiental que corresponde a cada vehículo, introduciendo la matrícula del vehículo (Consulta distintivo ambiental).
Tipos de etiquetas |
Tipos de vehículos |
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Cero Emisiones |
Ciclomotores, triciclos, cuatriciclos y motocicletas; turismos; furgonetas ligeras, vehículos de más de 8 plazas y vehículos de transporte de mercancías clasificados en el Registro de Vehículos de la DGT como vehículos eléctricos de batería (BEV), vehículo eléctrico de autonomía extendida (REEV), vehículo eléctrico híbrido enchufable (PHEV) con una autonomía mínima de 40 kilómetros o vehículos de pila de combustible. |
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ECO |
Turismos, furgonetas ligeras, vehículos de más de 8 plazas y vehículos de transporte de mercancías clasificadas en el Registro de Vehículos como vehículos híbridos enchufables con autonomía superior a 40km, vehículos híbridos no enchufables (HEV), vehículos propulsados por gas natural, vehículos propulsados por gas (GNC i GNL) o gas licuado del petróleo (GLP). |
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C |
Turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculadas a partir de enero de 2006 y diésel a partir de 2014. Vehículos de más de 8 plazas y de transporte de mercancías, tanto de gasolina como de diésel, matriculados a partir de 2014. Por tanto, los de gasolina deben cumplir con la norma Euro 4,5 i 6 y los diésel con la Euro 6 |
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B |
Turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculadas a partir de enero de 2000 y diésel a partir de enero de 2006. Vehículos de más de 8 plazas y de transporte de mercancías, tanto de gasolina como de diésel, matriculados a partir de 2005. Por tanto, los de gasolina deben cumplir con la norma la norma Euro 3 y los diésel con la Euro 4 i 5. |
La compra de las etiquetas ambientales correspondientes se puede realizar físicamente y online en los lugares citados a continuación (presentando el permiso de circulación del vehículo y el documento oficial de identificación personal del propietario o persona autorizada que solicita el distintivo (DNI, NIE, Pasaporte).
Vehículos de personas con movilidad reducida; servicios de emergencias (policía, bomberos, ambulancias); servicios esenciales (médicos, funerarios) y vehículos para el transporte de personas con enfermedades diagnosticadas que les condicionen el uso del transporte público. Aunque tengan permitido circular, es indispensable que se registren previamente.
Si al vehículo no le corresponde el distintivo ambiental de la DGT, existen las siguientes alternativas para poder circular por la ZBE.
T-aire para los episodios de contaminación: La tarjeta T-aire es una tarjeta multipersonal de dos viajes integrados d’1 a 6 zonas. Su venta se activa únicamente los días de restricción de tránsito por alta contaminación en las máquinas automáticas de las estaciones ferroviarias (Hacer la solicitud).