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	<title>Residuos archivos - Deplan</title>
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	<description>Expertos en Ingeniería y Consultoría Ambiental</description>
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	<title>Residuos archivos - Deplan</title>
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	<item>
		<title>Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables (IPNR)</title>
		<link>https://deplan.es/impuesto-especial-sobre-los-envases-de-plastico-no-reutilizables-ipnr/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[support]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 10 Jan 2024 23:00:00 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Residuos]]></category>
		<category><![CDATA[Estatal]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Documentación justificativa para el plástico reciclado a partir del 1 de enero de 2024 La Ley 7/2022, de Residuos y Suelos Contaminados para una Economía Circular, que entró en vigor el 10 de abril de 2022, incluye dentro del título VII medidas fiscales para incentivar la economía circular, siendo el primer capítulo el que regula [&#8230;]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<h4>Documentación justificativa para el plástico reciclado a partir del 1 de enero de 2024</h4>
<p>La Ley 7/2022, de Residuos y Suelos Contaminados para una Economía Circular, que entró en vigor el 10 de abril de 2022, incluye dentro del título VII medidas fiscales para incentivar la economía circular, siendo el primer capítulo el que regula el impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables (artículos del 67 al 83). </p>
<p>El impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables (en adelante <strong>IPNR</strong>) tiene por objeto el fomento de la prevención de la generación de residuos de este tipo de envases, y el fomento del reciclado de los residuos plásticos. </p>
<p>Durante los <strong>primeros 12 meses </strong>siguientes a su aplicación, alternativamente a lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 77 de la ley, se ha podido acreditar la cantidad de plástico reciclado contenida en los productos que forman parte del ámbito objeto del impuesto mediante una <strong>declaración responsable firmada por el fabricante</strong>. Este periodo de 12 meses <strong>finalizó el 31 de diciembre de 2023</strong>, y a partir de esta fecha <strong>sólo se admitirá una certificación UNE 15343</strong> emitida por una <strong>entidad acreditada.</strong> </p>
<p>Por tanto, para todas las declaraciones de aduanas realizadas <strong>a partir del 1 de enero de 2024 </strong>que contengan plástico reciclado, deberá proporcionarse, junto con el resto de documentación del envío, el certificado válido correspondiente a cada producto. Este certificado deberá cumplir al menos estos <strong>requisitos</strong>: </p>
<ul>
<li>Hacer mención a la <strong>norma aplicable UNE-EN 15343:2008 </strong></li>
<li>Identificar todos los <strong>productos cubiertos </strong>por el documento y <strong>el peso de plástico reciclado </strong>relativo a cada producto</li>
<li>Mostrar la <strong>marca </strong>de acreditación o equivalente del <strong>Organismo Nacional de Acreditación </strong>que verifique que la entidad certificadora ha sido acreditada según norma <strong>EN ISO/IEC 17065:2012</strong>, y por tanto puede realizar la certificación</li>
<li><strong>Identificación </strong>clara del <strong>Organismo Nacional </strong>que ha acreditado a la entidad de certificación </li>
</ul>
<p>Desde <strong><span style='color: #008080;'>DEPLAN</span> </strong>le ofrecemos el asesoramiento y apoyo necesarios para la consultoría de aplicación del nuevo impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables con el objeto de cumplir con la normativa de aplicación, siempre con la garantía de calidad, el conocimiento y la experiencia que aporta una Ingeniería y Consultoría fundada en el año 1992 y que se rige con los estándares según las normas ISO 9001 e ISO 14001.</p>
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			</item>
		<item>
		<title>Convocatoria para la concesión de ayudas destinadas a la retirada de residuos que contienen amianto y a instalaciones de autoconsumo fotovoltaico en las cubiertas</title>
		<link>https://deplan.es/convocatoria-para-la-concesion-de-ayudas-destinadas-a-la-retirada-de-residuos-que-contienen-amianto-y-a-instalaciones-de-autoconsumo-fotovoltaico-en-las-cubiertas/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[support]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 31 May 2023 22:00:00 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Residuos]]></category>
		<category><![CDATA[Autonómico]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>El pasado 28 de abril se publicó la Resolución ACC/1435/2023, de 27 de abril, por la que se aprueban las bases reguladoras que deben regir la convocatoria de ayudas destinadas a la retirada, en origen, de residuos de materiales de aislamiento y de la construcción que contengan amianto, ubicados en el ámbito territorial de Cataluña, [&#8230;]</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>El pasado 28 de abril se publicó la Resolución ACC/1435/2023, de 27 de abril, por la que se aprueban las bases reguladoras que deben regir la convocatoria de ayudas destinadas a la retirada, en origen, de residuos de materiales de aislamiento y de la construcción que contengan amianto, ubicados en el ámbito territorial de Cataluña, y en instalaciones de autoconsumo fotovoltaico en cubiertas afectadas<strong>.</strong></p>
<p>Dicha resolución se inscribe en el <em>Pla Nacional per a l’erradicació de l’amiant a Catalunya</em> y supone una dotación económica de 50 millones de euros para la promoción de la retirada del amianto de las cubiertas que todavía lo contienen, y su sustitución por materiales libres de dicho compuesto cancerígeno, así como la instalación sobre la nueva cubierta de placas fotovoltaicas para el autoconsumo.</p>
<h4>BENEFICIARIOS</h4>
<p>La resolución consta de dos anexos, <strong>el anexo 1 va dirigido a los particulares, públicos o privados, y comunidades de vecinos, y el anexo 2 a los bienes inmuebles donde se desarrolle o se haya desarrollado una actividad económica.</strong></p>
<h4>CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN</h4>
<p>La subvención por los gastos económicos derivados de la retirada y gestión de los residuos de amianto para el anexo 1 será de carácter dinerario, con un porcentaje del 100% de las facturas presentadas con un máximo de 30.000 €.</p>
<p>Y para el anexo 2, el importe máximo de las subvenciones se determinará en función de la inversión o de los costes de las acciones que deban llevarse a cabo, y que se demuestren estrictamente necesarias para realizar los proyectos, hasta el 40% del presupuesto (60% para las pequeñas empresas).</p>
<p>Aparte de este porcentaje, para las cubiertas de amianto se fija el siguiente importe máximo subvencionable:</p>
<table>
<tbody>
<tr>
<td>
<p><strong>Cubiertas de amianto</strong></p>
</td>
<td>
<p><strong>Importe máximo subvencionable</strong></p>
</td>
</tr>
<tr>
<td>
<p>De hasta 49 m<sup>2</sup></p>
</td>
<td>
<p>2000 €</p>
</td>
</tr>
<tr>
<td>
<p>De 50 m<sup>2</sup> hasta 99 m<sup>2</sup></p>
</td>
<td>
<p>40 €/m<sup>2</sup></p>
</td>
</tr>
<tr>
<td>
<p>De 100 m<sup>2</sup> hasta 499 m<sup>2</sup></p>
</td>
<td>
<p>30 €/m<sup>2</sup></p>
</td>
</tr>
<tr>
<td>
<p>De 500 m<sup>2</sup> hasta 999 m<sup>2</sup></p>
</td>
<td>
<p>25 €/m<sup>2</sup></p>
</td>
</tr>
<tr>
<td>
<p>A partir de 1.000 m<sup>2</sup></p>
</td>
<td>
<p>20 €/m<sup>2</sup></p>
</td>
</tr>
</tbody>
</table>
<p>Y para las instalaciones fotovoltaicas de autoconsumo, la subvención por los gastos económicos será de carácter dinerario y será el resultado de multiplicar el valor de la potencia pico instalada por el valor que corresponda de acuerdo con los siguientes datos:</p>
<table>
<tbody>
<tr>
<td>
<p><strong>Rango de potencia</strong></p>
</td>
<td>
<p><strong>(€/ kWp)</strong></p>
</td>
</tr>
<tr>
<td>
<p>P >100 kWp</p>
</td>
<td>
<p>262</p>
</td>
</tr>
<tr>
<td>
<p>10 > P <= 100 kWp</p>
</td>
<td>
<p>318</p>
</td>
</tr>
<tr>
<td>
<p>P<= 10 kWp</p>
</td>
<td>
<p>534</p>
</td>
</tr>
</tbody>
</table>
<h4>GASTOS SUBVENCIONABLES</h4>
<p>Se considera subvencionable la retirada, transporte y tratamiento de los residuos de materiales de aislamiento y de la construcción que contengan amianto para el anexo 1. No se considerarán gastos subvencionables los materiales de obra y construcción empleados para sustituir la función que realizaba el amianto retirado en el inmueble.</p>
<p>Y para el anexo 2, se considera subvencionable la retirada, transporte, tratamiento y sustitución de las cubiertas retiradas, así como la instalación de autoconsumo fotovoltaico en las cubiertas de amianto afectadas.</p>
<h4>PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN</h4>
<p>El procedimiento de concesión será el de concurrencia pública no competitiva para el Anexo 1 y concurrencia competitiva para el Anexo 2.</p>
<p>No serán subvencionables las actuaciones iniciadas con anterioridad a la solicitud de ayuda.</p>
<h4>PLAZOS</h4>
<p><span style='text-decoration: underline;'>Solicitud</span>: El plazo de presentación de las solicitudes, acompañadas de la documentación que establecen las bases, será el que indique la correspondiente resolución de convocatoria (publicación en breve).</p>
<p><span style='text-decoration: underline;'>Resolución</span>: 6 meses desde la fecha de publicación de la convocatoria.</p>
<p><span style='text-decoration: underline;'>Ejecución</span>: 24 meses después de la fecha de resolución de otorgamiento de la subvención.</p>
<p><span style='text-decoration: underline;'>Justificación</span>: 3 meses después de la fecha de finalización del plazo de ejecución.</p>
<p>Desde <span style='color: #008080;'><strong>DEPLAN</strong></span> le ofrecemos nuestra experiencia y el personal acreditado que necesiten para el asesoramiento en <strong>la presentación de las solicitudes y el cumplimiento de las demás condiciones</strong> necesarias para poder optar a las ayudas correspondientes. Puede enviarnos sus consultas a <a href='mailto:info@deplan.es'>info@deplan.es</a></p>
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			</item>
		<item>
		<title>Subproducto y Fin de Condición de Residuo en la Ley 7/2022</title>
		<link>https://deplan.es/conceptos-de-subproducto-y-fin-de-condicion-de-residuo-en-la-ley-72022/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[support]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 13 Apr 2023 22:00:00 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Residuos]]></category>
		<category><![CDATA[Estatal]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>La Estrategia Española de Economía Circular, España Circular 2030, del Ministerio de Transición Ecológica y Reto Demográfico (MITERD), sienta las bases para impulsar un nuevo modelo de producción y consumo en el que el valor de productos, materiales y recursos se mantenga en la economía durante el mayor tiempo posible, a la vez que se [&#8230;]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p><p>La Estrategia Española de Economía Circular, <em>España Circular 2030</em>, del Ministerio de Transición Ecológica y Reto Demográfico (MITERD), sienta las bases para impulsar un nuevo modelo de producción y consumo en el que el valor de productos, materiales y recursos se mantenga en la economía durante el mayor tiempo posible, a la vez que se reduzca al mínimo la generación de residuos y se aprovechen con el mayor alcance posible los que no se pueden evitar.</p>
<p>Por otro lado, dentro de esta Estrategia y sus correspondientes planes de actuación, se incluyen, como una de las relacionadas con el cierre del círculo, <strong>las</strong> <strong>materias primas secundarias</strong>.</p>
<p>Las medidas propuestas por el eje de actuación<strong> “Materias primas secundarias” </strong>van encaminadas a garantizar la protección del medio ambiente y la salud humana, reduciendo el uso de recursos naturales no renovables y reincorporando en el ciclo de producción los materiales contenidos en los residuos como materias primas secundarias.</p>
<p>La derogada Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados ya incorporó a nuestro ordenamiento jurídico los conceptos de “<strong>subproducto</strong>” y “<strong>fin de condición de residuo</strong>”, que contribuyen a delimitar la aplicación del régimen jurídico de los residuos y a desarrollar el eje de actuación de Materias primas secundarias.</p>
<p>Siguiendo las pautas de esta regulación, y de la Directiva Marco de residuos, la <em>Ley 7/2022, de residuos y suelos contaminados para una economía circular</em>, que entró en vigor en abril del año pasado, recoge en sus artículos 4 y 5 estos conceptos, y aprovecha para regular los procedimientos mediante los cuales pueden aplicarse.</p>
<h4>SUBPRODUCTOS</h4>
<p>Una sustancia u objeto resultante de un proceso de producción, <span style="text-decoration: underline;">cuya finalidad no sea la producción de esa sustancia u objeto</span>, se puede considerar un subproducto cuando se cumplan, <strong>simultáneamente</strong>, las siguientes condiciones:</p>
<ol>
<li>Que se tenga la seguridad de que la sustancia u objeto <strong>va a ser utilizado ulteriormente</strong></li>
<li>Que la sustancia u objeto se pueda utilizar <strong>directamente sin tener que someterse a una transformación</strong> ulterior distinta de la práctica industrial habitual</li>
<li>Que la sustancia u objeto se produzca como <strong>parte integrante de un proceso</strong> de producción</li>
<li>Que el uso ulterior cumpla todos los <strong>requisitos pertinentes relativos al producto</strong>, así como a la protección de la salud humana y del medio ambiente, <strong>sin</strong> que produzca <strong>impactos</strong> generales adversos para los mismos</li>
</ol>
<p>Las Comunidades Autónomas evalúan y autorizan como subproducto las sustancias u objetos que tengan origen en una instalación productora ubicada en su territorio, o en otra comunidad autónoma previo informe favorable de ésta, siempre que se destinen a una actividad o proceso industrial concreto en el territorio de la propia comunidad autónoma.</p>
<p>Es muy importante tener en cuenta que estas autorizaciones tienen validez, <span style="text-decoration: underline;">únicamente, para el uso autorizado</span> del subproducto <span style="text-decoration: underline;">en la actividad o proceso industrial de destino</span>.</p>
<p><img fetchpriority="high" decoding="async" style="display: block; margin-left: auto; margin-right: auto;" src="https://deplan.es/uploads/tinymce/Ribera%20dOndara-20121025-00087.jpg" alt="" width="900" height="602"></p>
<h4>FIN DE CONDICIÓN DE RESIDUO</h4>
<p>Determinados tipos de residuos, <span style="text-decoration: underline;">que hayan sido sometidos a una operación de valorización</span>, incluido el reciclado, podrán dejar de ser considerados como tales, siempre que se cumplan <strong>todas las condiciones</strong> siguientes:</p>
<ol>
<li>Que las sustancias, preparados u objetos resultantes deban ser usados para <strong>finalidades específicas</strong></li>
<li>Que exista un <strong>mercado</strong> o una demanda para dichas sustancias, preparados u objetos</li>
<li>Que las sustancias, preparados u objetos resultantes cumplan los <strong>requisitos técnicos</strong> para las finalidades específicas, la legislación existente y las normas aplicables a los <strong>productos</strong></li>
<li>Que el uso de la sustancia, preparado u objeto resultante <strong>no genere impactos adversos</strong> globales para el medio ambiente o la salud humana</li>
</ol>
<p>Las Comunidades Autónomas, a petición del gestor de residuos, podrán incluir en la autorización que concedan conforme al artículo 33 de la Ley 7/2022 de residuos (autorización de operaciones de recogida y tratamiento de residuos), que un residuo valorizado en una instalación ubicada en su territorio deja de ser residuo para que sea usado en una actividad o proceso industrial concreto ubicado en esa misma comunidad autónoma, o bien en otra comunidad autónoma previo informe favorable de esta última.</p>
<h4>ÓRDENES MINISTERIALES</h4>
<p>Además, actualmente el MITERD ha publicado una serie de órdenes ministeriales para el establecimiento de los criterios de declaración de subproducto o fin de condición de determinados residuos, con el objetivo de dar mayor garantía jurídica a los mismos, así como una armonización en todo el territorio nacional.</p>
<p>En concreto, se han publicado órdenes ministeriales de declaración de subproducto, en el ámbito agroalimentario principalmente, y de fin de condición de residuo para el aceite usado, fuel procedente de residuos MARPOL, papel y cartón recuperado o el caucho granulado y polvo de caucho procedente del tratamiento de residuos de neumáticos fuera de uso.</p>
<p>También existen proyectos de orden ministerial para el plástico, biodiesel a partir de aceite usado, mezclas bituminosas generadas en la demolición de firmes y los residuos de hormigón.</p>
<p><img decoding="async" style="display: block; margin-left: auto; margin-right: auto;" src="https://deplan.es/wp-content/uploads/2025/09/Residuos_Almac%C3%A9n3.jpg" alt="" width="900" height="473"></p>
<p>Las órdenes ministeriales para el fin de condición de residuos incluyen en general, y de una manera muy sintética, una serie de condiciones que se describen a continuación:</p>
<ul>
<li>Criterios aplicables al residuo en cuestión</li>
<li>Limitaciones en caso necesario</li>
<li>Modelo de declaración de conformidad</li>
<li>Sistema de gestión de calidad que:
<ul>
<li>Permita demostrar los criterios aplicables</li>
<li>Incluya procedimientos para:
<ul>
<li>Control y admisión de residuos</li>
<li>Supervisión del proceso</li>
<li>Control de calidad</li>
<li>Observaciones del cliente o siguiente poseedor del residuo</li>
<li>Revisión y perfeccionamiento del sistema de gestión</li>
<li>Formación del personal</li>
</ul>
</li>
<li>Incluya requisitos específicos de control</li>
<li>Incluya la metodología de muestreo y toma de muestras</li>
<li>Sea verificado</li>
<li>Esté accesible a las autoridades</li>
</ul>
</li>
</ul>
<p>Desde <span style="color: #008080;"><strong>DEPLAN </strong></span>le ofrecemos el asesoramiento y apoyo necesarios para la consultoría de obtención del fin de la condición de sus residuos, siempre con la garantía de calidad, el conocimiento y la experiencia que aporta una Ingeniería y Consultoría fundada en el año 1992 y que se rige con los estándares según la norma ISO 9001 y la norma ISO 14001.</p></p>
<p>La entrada <a href="https://deplan.es/conceptos-de-subproducto-y-fin-de-condicion-de-residuo-en-la-ley-72022/">Subproducto y Fin de Condición de Residuo en la Ley 7/2022</a> se publicó primero en <a href="https://deplan.es">Deplan</a>.</p>
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